22-02-2008, 10:52 AM
Hola, Lucille:
Salgo al ruedo con una pregunta que suele dividir las aguas.
Como digo en el título, el tema es el ejercicio de la interpretación en los tribunales. En la Argentina, los únicos profesionales habilitados para ejercer esa función son los traductores públicos que se encuentren inscriptos como peritos (a veces se requiere, también, una antigüedad de 5 años en la matrícula).
Es harto conocido que la formación en interpretación que reciben los traductores públicos del país es notoriamente insuficiente, y que si quieren interpretar para la Justicia van a tener que formarse aparte o convertirse en autodidactas.
Una vez aclarado el trasfondo "teórico" de la situación, pasemos a las preguntas. ¿Cuál es tu opinión al respecto? ¿Cómo creés que se debe regular el ejercicio de la profesión en ese ámbito? ¿Cómo se tendrían que formar los intérpretes que quieran llegar a eso?
Gracias.
Mariano
Salgo al ruedo con una pregunta que suele dividir las aguas.
Como digo en el título, el tema es el ejercicio de la interpretación en los tribunales. En la Argentina, los únicos profesionales habilitados para ejercer esa función son los traductores públicos que se encuentren inscriptos como peritos (a veces se requiere, también, una antigüedad de 5 años en la matrícula).
Es harto conocido que la formación en interpretación que reciben los traductores públicos del país es notoriamente insuficiente, y que si quieren interpretar para la Justicia van a tener que formarse aparte o convertirse en autodidactas.
Una vez aclarado el trasfondo "teórico" de la situación, pasemos a las preguntas. ¿Cuál es tu opinión al respecto? ¿Cómo creés que se debe regular el ejercicio de la profesión en ese ámbito? ¿Cómo se tendrían que formar los intérpretes que quieran llegar a eso?
Gracias.
Mariano